1.-El Foro Permanente de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas es el órgano asesor del Consejo Económico y Social (ECOSOC). Fue establecido el 28 de julio de 2000 por la Resolución 2000/22, con el mandato de examinar las cuestiones indígenas en el contexto de las atribuciones del ECOSOC relativas al desarrollo económico y social, la cultura, el medio ambiente, la educación, la salud y los derechos humanos.
2.- Presta asesoramiento especializado y formula recomendaciones sobre las cuestiones indígenas al Consejo, así como a los programas, fondos y organismos de las Naciones Unidas, por conducto del Consejo: difunde las actividades relacionadas con las cuestiones indígenas y promueve su integración y coordinación dentro del sistema de las Naciones Unidas;
3.-Con el objetivo de preparar y difundir información sobre las cuestiones indígenas; el Foro Permanente se reúne una vez al año durante 10 días hábiles. El primer período de sesiones se realizó en mayo del 2002 y anualmente las sesiones se realizan en Nueva York.
4.-El Foro Permanente es uno de los tres mecanismos de las Naciones Unidas dedicado a las cuestiones específicas de los pueblos indígenas. Los otros mandatos son: El Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
5.-El Foro Permanente tiene varios expertos indígenas y nombra cada año un presidente, este año nombró a la Señora Mariam Wallet Aboubakrine (Mali) y con ello renovó su mandato, para su segundo periodo consecutivo.