NOTIMIA. Nueva York, 25 de abril de 2019. En el marco de la 18° edición del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas Mariam Wallet ex-presidenta del foro cuestionó en la sala de la 73ª Asamblea General¿Qué es la participación de los pueblos indígenas? Indicando que hay varios instrumentos internacionales que aseguran la inclusión de los pueblos indígenas en las discusiones y decisiones que les afectan; como la Convención 169 de Pueblos indígenas y tribales firmado y ratificado por los países en 1989 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Del mismo modo, en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas (UNDR), destacó que en esta Declaración se habla sobre sus tierras, territorios y recursos naturales que les permitirán perpetuar y fortalecer sus instituciones, culturas, tradiciones y promover su desarrollo acorde a sus aspiraciones y necesidades. El artículo 18 dice que “Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la toma de decisiones sobre asuntos que puedan afectar sus derechos, a través de representantes que ellos mismos hayan elegido de acuerdo con sus sistemas normativos y procedimientos propios, así como el derecho de conservar y desarrollar sus propias instituciones de toma de decisiones » señaló la médica de Mali.
Durante su intervención Mariam Wallet abordó que los Estados miembros, en el documento final de la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas pidieron explícitamente «propuestas específicas para la participación de representantes e instituciones de los pueblos indígenas, su informe sobre las formas de promover la participación de los representantes de los pueblos indígenas en la labor de las Naciones Unidas en cuestiones de su interés «. Destacó que es lamentable observar que el derecho a la autodeterminación aún sea un tema de debate y, que existen varios obstáculos para mejorar la participación de los pueblos indígenas en los trabajos con la ONU. Pidió a los Estados miembros, que con fundamentos de la UNDRIP, consideren la autodeterminación y la autoidentificación de los pueblos como el criterio principal, realizándose de tal forma que se adapte a cada contexto regional y local. Señalando el caso de África, donde ya existe, a nivel nacional, una inclusión de representantes de los pueblos indígenas.
Asimismo, habló de la implementación de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; especificando que los Estados deben considerar la participación de representantes indígenas a nivel internacional, y que esto no sea visto como una amenaza, sino como una oportunidad para que ellos puedan avanzar en el logro de los ODS.
Invitó a la presidente de la 73ª Asamblea General a destacar en el resumen de esta audiencia las propuestas de los representantes de los pueblos indígenas y la solicitud de designación de un enviado Especial de las Naciones Unidas para las Cuestiones Indígenas para ejercer liderazgo en el seguimiento de las conclusiones que emergen diariamente.